El tribunal arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) desestimó en su totalidad la reclamación presentada por Doups Holdings contra México por la revocación de concesiones para instalar y operar parquímetros en la Ciudad de México. El laudo, emitido el 10 de septiembre de 2026, determinó que el tribunal carecía de jurisdicción para resolver las reclamaciones de la empresa.
La disputa se originó por dos concesiones otorgadas en 2018 a Soluciones Pagomet CDMX, una empresa vinculada con Doups Holdings. La compañía sostuvo que la revocación ocurrió después de que había realizado inversiones y reclamó una compensación de 600 millones de pesos al amparo del entonces Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
El tribunal señaló deficiencias jurisdiccionales
De acuerdo con la resolución comunicada por la Secretaría de Economía, la defensa mexicana argumentó que la reclamación presentaba deficiencias relacionadas con la conformación de la empresa filial que presuntamente sufrió los daños, la nacionalidad y el control de esa sociedad, así como con los requisitos procesales para acceder al arbitraje internacional.
El tribunal concluyó que Doups había aceptado que su inversión fuera considerada mexicana, no acreditó el control sobre Pagomet y no podía reclamar como propias las pérdidas atribuidas a esa filial. También determinó que la empresa incumplió requisitos indispensables previstos en el TLCAN antes de iniciar el procedimiento arbitral.
Un procedimiento iniciado en 2022
Doups Holdings registró formalmente la controversia ante el CIADI en 2022. El caso quedó identificado como ARB/22/24 y tuvo como materia de disputa el sistema de parquímetros en la capital del país. El CIADI registró a Doups Holdings LLC como una empresa estadounidense y a México como el Estado demandado.
La Secretaría de Economía informó que el tribunal también ordenó a Doups Holdings pagar a México más de un millón de dólares por concepto de gastos y costos del procedimiento. La representación del Estado estuvo a cargo de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con apoyo del despacho Pillsbury Winthrop Shaw Pittman.
La decisión cierra la controversia ante el CIADI
Con la desestimación total de la reclamación, el tribunal concluyó el procedimiento internacional relacionado con las concesiones de parquímetros en la Ciudad de México. La resolución se dio a conocer en septiembre de 2026 y forma parte de los casos registrados por el CIADI bajo disposiciones del TLCAN y del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá.

